mtss.gob.cu (30.04.2020) La madre, padre o tutor que tengan condición de trabajadores y estén encargados del cuidado del menor al que se le haya suspendido la escuela primaria y especial, reciben durante el primer mes una garantía salarila equivalente al 100% de su salario básico; subsecuentemente, la compensación será del 60%. Esto también aplica a padres y tutores que hayan decidido no llevar a sus hijos a los Círculos Infantiles o a cuidadores particulares, aún cuando estos centros no hayan sido cerrados.
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