España: Uber Cabify: El Supremo avala la limitación de una licencia VTC por cada 30 de taxis

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RTVE (04.06.2018) El Supremo avala la limitación de una licencia VTC por cada 30 de taxis.El Tribunal argumenta que es la "forma de garantizar el equilibrio" en el transporte Anula la obligación de que Uber y Unauto tengan una flota de al menos 7 vehículosEl Tribunal Supremo ha avalado este lunes la limitación de una licencia de vehículos de alquiler con conductor (VTC) por cada 30 de taxis, vigente desde 2015, siempre que sean necesarias y proporcionadas. Asimismo ha ratificado la exigencia a las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor a que desarrollen el 80% de sus servicios en el ámbito de la comunidad autónoma donde esté domiciliada su autorización.

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El Supremo avala la limitación de una licencia VTC por cada 30 de taxis.El Tribunal argumenta que es la "forma de garantizar el equilibrio" en el transporte Anula la obligación de que Uber y Unauto tengan una flota de al menos 7 vehículosEl Tribunal Supremo ha avalado este lunes la limitación de una licencia de vehículos de alquiler con conductor (VTC) por cada 30 de taxis, vigente desde 2015, siempre que sean necesarias y proporcionadas. Asimismo ha ratificado la exigencia a las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor a que desarrollen el 80% de sus servicios en el ámbito de la comunidad autónoma donde esté domiciliada su autorización.

Tal como explica la sentencia a la que ha tenido acceso RTVE.es, el objetivo de esta medida es garantizar el equilibrio entre las dos modalidades de transporte urbano y asegurar así el mantenimiento del servicio del taxi como un servicio de interés general.

Por el contrario, el tribunal da la razón a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), y a las plataformas Uber y Unauto, en el requisito impuesto a las empresas de VTC de que dispongan al menos de una flota de siete vehículos dedicados a dicha actividad, ya que “excluiría a los pequeños empresarios de su ejercicio sin razón de interés general o necesidad que lo justifique”.

La sentencia resuelve los recursos de la CNMC, Uber, Unauto y Maxi Mobility Spain (Cabify) contra el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, por el que se modificó el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, y que estableció las referidas restricciones a la actividad de VTC. La misma CNMC pedía la nulidad de tres preceptos del Real Decreto de 2015 al considerar que colocaba barreras que limitan la entrada y la capacidad de competir de los VTC, reduce la competencia en el transporte urbano de viajeros con conductor y afecta negativamente a los precios, la calidad y el bienestar general.

En la otra parte, Fomento, Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de la capital defendieron los postulados de aquel Real Decreto, en una causa en la que se han personado también la Gremial del Taxi, Élite Taxi y Fedetaxi, así como organizaciones del colectivo de taxistas españoles.