España: Las pensiones de viudedad subirán un 7,7% desde el 1 agosto

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20 Minutos (20.07.2018) El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto ley que articula el incremento de la base reguladora de la pensión de viudedad, del 52% al 56% para este año y hasta el 60% para el que viene, incluidos en los Presupuestos Generales del Estado para 2018.
 

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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto ley que articula el incremento de la base reguladora de la pensión de viudedad, del 52% al 56% para este año y hasta el 60% para el que viene, incluidos en los Presupuestos Generales del Estado para 2018. Según ha explicado este viernes en la rueda de prensa la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, con este incremento acumulado de 8 puntos de la base reguladora, las pensiones de viudedad subirán un 7,7% desde el 1 agosto y 7,1% desde 1 de enero del año que viene. De este incremento, ha indicado Celáa, se beneficiarán 465.000 personas, la mayoría mujeres, que verán incrementada su pensión de viudedad un 7,7% a partir del 1 de agosto de este año, cuando la base subirá al 56%, y otro 7,1% desde el 1 de enero de 2019, cuando la base reguladora escalará hasta el 60%. El alza de la base reguladora supondrá un aumento del gasto estimado de la Seguridad Social de 301,31 millones de euros (desde el 1 de agosto al 31 de diciembre de 2018) y de 1.381,73 millones de euros (a partir de 2019), tal y como ha cifrado el Ministerio de Trabajo en un comunicado. Este incremento estaba incluido en la reforma de las pensiones de 2011, que preveía la aplicación gradual de la subida, en un plazo de 8 años a partir del 1 de enero de 2012, alcanzando el 60% de la base reguladora en 2019. No obstante, los gobiernos posteriores han ido aplazando la entrada en vigor de la medida hasta este año, "abandonando a su suerte" a este colectivo, de 465.000 personas, principalmente mujeres, ha dicho Celaá. Requisitos La intención del Gobierno, ha asegurado, es aplicar esta medida "a las viudas más pobres, que reúnen unos requisitos que les hace acreedoras de que el Estado les haga trato especial". Los beneficiarios deben haber cumplido ya los 65 años, no percibir ninguna otra pensión pública española o extranjera, y no tener ingresos por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena. Tampoco percibir rendimientos de capital de actividades económicas o ganancias patrimoniales por encima del límite previsto en los presupuestos (7.347,99 euros al año), como ha precisado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Trabajo explica que no se aplicará el incremento a quienes cobran una pensión de viudedad complementada a mínimos. Esta mejora es independiente de la subida adicional de las pensiones que se aplicará con efectos retroactivos del pasado 1 de enero y que con carácter general supone un aumento del 1,35% (que se suma al 0,25% aplicado en enero).

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