Banco de Previsión Social (08.01.2021) In order to promote the conservation and creation of employment in the tourism sector, the Social Security Bank (BPS) is implementing the granting of a contribution determined by the Executive Power for companies in the sector that, between December 1, 2020 and on March 31, 2021, reinstate those workers covered by unemployment benefits for the cause of total suspension or incorporate new workers. The contribution consists of a non-refundable monthly amount of 8,000 pesos, paid for a maximum of four months for each worker that the company rejoins or hires in said period. Reintegrated workers must have been collecting unemployment benefit as of November 30, 2020. This incentive will also be available to companies that hire new workers, as long as they do not register employees for unemployment benefit as of November 30 for any reason.
In order to promote the conservation and creation of employment in the tourism sector, the Social Security Bank (BPS) is implementing the granting of a contribution for companies in the tourism sector that, between December 1, 2020 and on March 31, 2021, reinstate those workers covered by unemployment benefits for the cause of total suspension or incorporate new workers. The contribution consists of a non-refundable monthly amount of 8,000 pesos, paid for a maximum of four months for each worker that the company rejoins or hires in said period. Reintegrated workers must have been collecting unemployment benefit as of November 30, 2020. This incentive will also be available to companies that hire new workers, as long as they do not register employees for unemployment benefit as of November 30 for any reason.
Incentivos económicos para empresas del sector turístico
El beneficio alcanza a las empresas con actividad hotelera y restaurantes que reincorporen trabajadores amparados al subsidio por desempleo o que contraten nuevos empleados.
Con el objetivo de fomentar la conservación y creación de empleo en el sector turístico, el Banco de Previsión Social se encuentra implementando el otorgamiento de un aporte determinado por el Poder Ejecutivo para las empresas del sector que, entre el 1.º de diciembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021, reintegren a aquellos trabajadores amparados al subsidio por desempleo por la causal de suspensión total o incorporen nuevos trabajadores.
El aporte, que se otorga a las empresas comprendidas en los subgrupos 1, 2, 4 y 7 del grupo 12 de los Consejos de Salarios y Negociación Colectiva para Industria, Comercio y actividades en general, consiste en un monto mensual de 8.000 pesos no reembolsable, por un máximo de cuatro meses, por cada trabajador que la empresa reincorpore o contrate en dicho período. Los trabajadores reintegrados deberán haber estado cobrando la prestación por desempleo al 30 de noviembre de 2020. Este incentivo también estará disponible para las empresas que contraten nuevos trabajadores, siempre que no registren empleados en el subsidio por desempleo al 30 de noviembre por cualquier causal.
Una vez realizados los controles correspondientes, el monto quedará habilitado en forma automática para ser utilizado en la cancelación de futuras obligaciones tributarias con el BPS.
El aporte mensual está condicionado a la conservación de los puestos de trabajo de los empleados reintegrados o incorporados durante la vigencia del beneficio. Asimismo, el derecho a percibir el beneficio cesará si la empresa registra trabajadores en el subsidio por desempleo bajo cualquier modalidad en el período comprendido entre el 1.º de diciembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021 o en caso de que el BPS compruebe acciones u omisiones de las empresas por acreditación indebida del crédito.