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agenciadeempleocolsubsidio.com (27.03.2020) El Subsidio de emergencia es un beneficio que se otorga a partir del decreto 488 de 27 de marzo de 2020. Como una medida de orden laboral, dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica.
¿Quiénes pueden acceder a este subsidio?
- Trabajadores dependientes e independientes cesantes con una escala salarial desde 1 hasta 4 s.m.l.v. (desde $877.803 hasta $3.511.212)
- Que haya realizado aportes a una caja de compensación durante un (1) año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años.
- Personas que no tengan empleo cesantes. Sin ningún tipo de ingreso, pensión o renta mensual y no estar afiliado como cotizante a una EPS.
- Solo los que hayan cotizado en Colsubsidio durante su último trabajo.
- Los cesantes que a partir del 17 de marzo de 2020 hayan realizado su postulación al subsidio de emergencia según el decreto 488 del 2020.
measures summary
Emergency subsidy for dismissed workers who do not have any other income, including from social assistance. Workers- including the self-employed- must have contributed at least for a year to Colsubsidio (the Family Compensation Fund). The subsidy consists of:
- an economic transfer of $1.755.606 pesos (2 times the minimum salary) paid in 3 monthly installments;
- Payment of the old-age pension and health insurance contributions for 6 months (based on the minimum salary)
- Payment of monetary quota for 6 months (in case the insured already received it)
Measure date
Regions / Country
Topics
Global challenges
Document Type
Description/integral text (Internal-not for publishing)
¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A ESTE SUBSIDIO?
- Trabajadores dependientes e independiente cesantes con una escala salarial desde 1 hasta 4 s.m.l.v. (desde $877.803 hasta $3.511.212)
- Que haya realizado aportes a una caja de compensación durante un (1) año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 5 años.
- Personas que no tengan empleo cesantes. Sin ningún tipo de ingreso, pensión o renta mensual y no estar afiliado como cotizante a una EPS.
- Solo los que hayan cotizado en Colsubsidio durante su último trabajo.
- Los cesantes que a partir del 17 de marzo de 2020 hayan realizado su postulación al subsidio de emergencia según el decreto 488 del 2020.
BENEFICIOS
- Transferencia económica de $1.755.606 (2 salarios mínimos) pagados en 3 mensualidades iguales de $585.202 máximo por tres (3) meses.
- Pago de Salud y Pensión por 6 meses (cotización sobre 1 salario mínimo)
- Pago de cuota monetaria por 6 meses (si lo venías recibiendo y en las misma condiciones establecidas)