Chile: Pacto de reduccion tempral de la jornada de trabajo

Submitted by mmarquez on Thu, 04/02/2020 - 17:17
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gob.cl (01.04.2020) Los empleadores pueden acordar con el trabajador de manera individual o colectiva reducir hasta el 50% de la duración de su jornada de trabajo, recibiendo un complemento de la remuneración con cargo al Seguro de Cesantía. El trabajador percibirá además un complemento a su remuneración con cargo a su cuenta individual por cesantía y, una vez agotado, con cargo al Fondo de Cesantía Solidario que será de hasta un 25% de su remuneración, si la reducción de jornada es un 50% (con tope de $225.000 mensuales). Además, mantendrán los beneficios tales como aguinaldos, asignaciones, bonos y otros conceptos excepcionales o esporádicos. La duración de estos pactos depende del tipo de contrato de trabajo del trabajador: 3 meses (continuos) en caso de trabajadores con contrato a plazo fijo, por obra, faena o servicio 5 meses (continuos) para trabajadores con contrato indefinido.

measures summary

Employers can agree with the worker individually or collectively to reduce up to 50% of the duration of their working day, receiving a supplement to the remuneration under the Unemployment Insurance. The worker will also receive a supplement to their remuneration charged to their individual unemployment account and, once exhausted, charged to the Solidarity Unemployment Fund, which will be up to 25% of their remuneration, if the reduction in working hours is 50% (capped at $ 225,000 per month). In addition, they will maintain the benefits such as bonuses, allocations, bonuses and other exceptional or sporadic concepts. The duration of these agreements depends on the type of worker's employment contract: 3 months (continuous) in the case of workers with a fixed-term contract, for work, slaughter or service, and 5 months (continuous) for workers with an indefinite contract.

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En este caso, los empleadores pueden acordar con el trabajador de manera individual o colectiva reducir hasta el 50% de la duración de su jornada de trabajo, recibiendo un complemento de la remuneración con cargo al Seguro de Cesantía. Para ello, el empleador debe encontrarse en cualquiera de las siguientes situaciones:

En este caso, el empleador debe seguir pagando la remuneración y las cotizaciones previsionales proporcionales a la jornada. El trabajador percibirá además un complemento a su remuneración con cargo a su cuenta individual por cesantía y, una vez agotado, con cargo al Fondo de Cesantía Solidario que será de hasta un 25% de su remuneración, si la reducción de jornada es un 50% (con tope de $225.000 mensuales). Además, mantendrán los beneficios tales como aguinaldos, asignaciones, bonos y otros conceptos excepcionales o esporádicos. La duración de estos pactos depende del tipo de contrato de trabajo del trabajador:

  1. Pacto de reducción temporal de la jornada de trabajo:
    1. Tratarse de contribuyentes de IVA cuya disminución promedio de ventas por un periodo de 3 meses consecutivos exceda un 20% respecto del promedio de ventas en el mismo período de 3 meses del ejercicio anterior;
    2. Que se encuentre en un procedimiento concursal de reorganización.
    3. Que se encuentre en un procedimiento de asesoría económica de insolvencia.
    4. Tratarse de empresas, establecimientos o faenas que no puedan paralizar sus actividades y necesiten reducir la jornada de trabajo de sus trabajadores para poder mantener su continuidad operacional o para proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores.
    • 3 meses (continuos) en caso de trabajadores con contrato a plazo fijo, por obra, faena o servicio
    • 5 meses (continuos) para trabajadores con contrato indefinido.